INFORMACIÒN

¿CÓMO FUNCIONAN LAS CASAS DE JUSTICIA?

“Para el desarrollo de este programa se requiere la participación  activa de las entidades vinculadas, teniendo siempre como eje central la interacción y el apoyo de las otras instituciones”.

COMITÉ DISTRITAL O MUNICIPAL:

“En cada una de las ciudades donde funciona el Programa  Nacional Casas de Justicia y Paz, se establece una instancia de coordinación integrada por el alcalde (distrital o municipal), el personero (distrital o municipal), el director seccional regional del pueblo regional del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, el coordinador de la(s) Casa(s) de Justicia respectiva(s), los decanos de las facultades de derecho que trabajen con el programa, un representante de las organizaciones no gubernamentales locales y el director de acceso a la Justicia del Ministerio del interior y de Justicia o de su representante. El alcalde preside el Comité y la secretaria técnica ejerce la respectiva secretaria de gobierno distrital o municipal”.

“El comité se encarga de velar por el cumplimiento de las políticas generales del Programa Nacional Casas de Justicia y Paz y elabora e implementa políticas de carácter local.  Así pues, fija los lineamientos generales de las políticas que deben desarrollar las Casas de Justicia en su jurisdicción y vela por el cumplimiento;  también diseña las estrategias para el mejoramiento de la operación de las Casas; al tiempo evalúa su gestión y toma los correctivos del caso; en el mismo sentido, conoce del funcionamiento de las Casas de Justicia y de la participación de las entidades involucradas. Para el cumplimiento de tales fines, se reune cada seis meses o en forma extraordinaria cuando fuere necesario, por convocatoria del alcalde o a solicitud cualquiera de sus miembros presentes y, en caso de empate, el voto del alcalde decidirá”

COMITÉ COORDINADOR DE LA CASA DE JUSTICIA

“El Comité Coordinador de la Casa de Justicia está integrado por un coordinado, uno o más representantes de la comunidad, el fiscal local y/o seccional, el procurador delegado, el defensor de familia, el médico legista, el notario, el comisario de familia, el inspector de policía, el personero delegado, el delegado de los conciliadores en equidad y jueces de paz, si los hubiese; un delegado de la inspección de trabajo si dicha entidad hace parte ya de la Casa de Justicia.  Es de notar que los miembros pueden variar, según las entidades presentes en la Casa y sus funcionarios. La secretaria técnica se rota entre los miembros del Comité.

A cargo del Comité Coordinador se encuentran las siguientes funciones:

-       Preparar el Plan de Acción de la Casa de Juticia, conforme al manual de funcionamiento de las Casas de Justicia (ver Manual de funcionamiento de Casas de Justicia, Ministerio del Interior y de Justicia, 2004).
-       Atender las instituciones del Comité Distrital o Municipal.
-       Articular las Actividades de los funcionarios de las dependencias de la Casa de Justicia.
-       Identificar  las necesidades de la Casa de Justicia en orden prioritario y realizar las gestiones para la solución ante la autoridad competente.
-       Analizar la necesidad de la participación de otras entidades para apoyar el funcionamiento de la Casa.
-       Proponer reformas a los mecanismos de funcionamiento de la Casa de Justicia ante el Comité Coordinador Distrital o Municipal y ante la Dirección de Acceso a la justicia del Ministerio del Interior y de Justicia.
-       Evaluar la gestión general de la Casa de Justicia.
-       Velar por el cumplimiento de las políticas, los objetivos y los compromisos adquiridos por cada una de las instituciones presentes.
-       Presentar propuestas y solicitudes al Comité Coordinador Distrital o Municipal y al Ministerio del Interior y de Justicia para el cumplimiento adecuado de las funciones de la Casa.
-       Proponer y  desarrollar planes, programas y actividades dirigidos al beneficio de la comunidad.
-       Suministrar la información que el comité Coordinador Distrital o Municipal y el Ministerio del Interior y de Justicia requieran para hacer más efectiva la gestión del Programa Nacional Casas de Justicia.
-       Buscar apoyo de organizaciones no gubernamentales, universidades y empresas privadas que puedan fortalecer la gestión de la Casa de Justicia.

Para el cumplimiento de esas funciones, el Comité se reunirá mensualmente por convocatoria del coordinador de la Casa de Justicia, o en forma extraordinaria, cuando fuere necesario, a solicitud de cualquiera de sus miembros. Las decisiones a que haya lugar, se tomarán por mayoría absoluta de los miembros presentes, y en caso de empate, el voto coordinador decidirá”.